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Tribunal Constitucional ratifica desalojo de vertedero de San Juan por ocupación de terreno privado

El Tribunal Constitucional (TC) confirmó la orden que obliga al Ayuntamiento de San Juan de la Maguana y a su alcalde, Lenin de la Rosa Galván, a desalojar el terreno donde opera el vertedero municipal, tras determinar que la ocupación afecta el derecho de propiedad de una empresa privada.

Mediante la Sentencia TC/0357/26, la alta corte rechazó un recurso presentado por el cabildo y ratificó una decisión de amparo que ordena la devolución de una porción de la parcela 2576, del Distrito Catastral 02 de San Juan de la Maguana, a la sociedad Francisco Estepan Melo, S.R.L., propietaria del inmueble.

Sin autorización legal

El conflicto surgió luego de que la empresa denunciara que el ayuntamiento utilizaba desde hace años parte de sus terrenos para el depósito de residuos sólidos sin contar con autorización legal ni haber agotado un procedimiento de expropiación.

Durante el proceso, el cabildo alegó que el uso de los terrenos había sido permitido verbalmente hace más de tres décadas por el antiguo propietario, Francisco Estepan Melo, conocido como «Siquito», quien además fue regidor municipal. También advirtió que el cierre del vertedero podría generar dificultades para el manejo de los residuos sólidos del municipio.

Sin embargo, el Tribunal Constitucional concluyó que no fue presentada documentación que acreditara una autorización válida para la ocupación del inmueble y confirmó la valoración realizada por el tribunal de primera instancia, que acogió la acción de amparo.

La sentencia también rechaza el argumento del ayuntamiento de que la demanda fue presentada fuera del plazo legal de 60 días.

El TC consideró que la instalación y operación permanente de un vertedero constituye una afectación continua al derecho de propiedad, por lo que la vulneración se mantiene en el tiempo y puede ser reclamada mediante amparo.

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