
Santo Domingo. – El Tribunal Constitucional de la República Dominicana (TC) ha prohibido formalmente el uso de motes o sobrenombres de forma pública en procesos judiciales, una medida que impacta directamente casos emblemáticos como la Operación Medusa, Operación Calamar, Operación Antipulpo, entre otros.
En la sentencia TC/0225/25, emitida este martes, el TC determinó que los motes solo pueden ser utilizados internamente como herramientas de organización y estrategia por los órganos persecutores, y no deben ser expuestos al conocimiento del público una vez iniciado el proceso judicial.
“El uso indiscriminado de motes vulnera la presunción de inocencia, el principio del juez imparcial, y derechos fundamentales como la dignidad humana, el buen nombre y la propia imagen”, señaló el Tribunal a través de una serie de comunicados oficiales.
La sentencia incluye efectos inter comunis, es decir, se extiende a todos los casos con características similares al que originó la decisión. Esto significa que el cese del uso de motes debe aplicarse de inmediato a los siguientes casos judiciales:
📌 Operación Medusa
📌 Operación Calamar
📌 Operación Antipulpo
📌 Operación Coral
📌 Operación Caracol
📌 Operación Barril
📌 Operación FM
📌 Operación Gavilán
📌 Operación Camaleón
📌 Operación Larva
El TC ordena a la Procuraduría General de la República y a la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA) abstenerse de utilizar estos sobrenombres en medios de comunicación, documentos públicos o en los tribunales, al considerarlos contrarios a las buenas prácticas judiciales y al respeto de los derechos fundamentales.
La decisión busca garantizar procesos judiciales imparciales y alejados del sensacionalismo mediático, reforzando el principio de inocencia y la objetividad judicial.