Santo Domingo.- En la audiencia del 6 de noviembre, el juez Amaury Reyes Torres subrayó una postura relevante sobre los derechos de los jóvenes interesados en unirse a la Policía Nacional, específicamente aquellos que han sido rechazados debido a tatuajes.
El juez que abordó el tema del libre desarrollo de la personalidad citó que la sentencia TC/0081/19 del Tribunal Constitucional, Reyes señaló que la decisión protegió el derecho a «no ser desvinculado por razones acciones ajenas al objeto del trabajo como portar tatuajes, sentencia 81-19».
«Toda persona tiene derecho al libre desarrollo de su personalidad sin más limitaciones que el derecho a los demás y el orden institucional. Este derecho general constituye uno de los pilares fundamentales de una democracia republicana, como la nuestra, donde todos somos iguales, libres sujetos a igual consideración como sujetos», dijo.
Esta sentencia subraya que la desvinculación o rechazo de candidatos policiales por tener tatuajes se considera inconstitucional y una violación a los derechos fundamentales de los ciudadanos. El fallo aclara que el libre desarrollo de la personalidad, la dignidad y el derecho al trabajo son derechos protegidos constitucionalmente y que la prohibición de tatuajes como criterio de selección carece de fundamento legal en la normativa de la Policía Nacional.https://ebb2b7c30c224b0d0b6d1521bdb6ad7d.safeframe.googlesyndication.com/safeframe/1-0-40/html/container.html?n=0
Esta sentencia señala íntegramente que «la desvinculación del accionante en amparo y recurrido en revisión de la Policía Nacional, constituye una vulneración de sus derechos fundamentales, específicamente el derecho al trabajo, acceso de función pública, el derecho a la dignidad y al libre desarrollo de la personalidad, pues este derecho constituye una extensión de autonomía que tiene toda persona como ser individual, y al respeto a su honor e imagen personal, por lo cual la medida adoptada por la Policía Nacional resulta irrazonable y arbitraria al establecer la cancelación del señor Juan Carlos Olivares Carrera, en razón de este tener tatuaje en su cuerpo, en consecuencia, por todo lo antes dicho, el pedimento de la parte recurrente de que se acoja el recurso y revoque la decisión, carece de fundamento y, por tanto, procede a rechazarlos».
Este pronunciamiento del juez Reyes surge en el contexto de la reciente denuncia pública de Ricardo Estaifer Encarnación, un joven que ha expresado su frustración tras ser rechazado de la institución por tener un tatuaje, lo que considera una barrera discriminatoria en la normativa actual.
Ricardo Estaifer Encarnación, un joven dominicano que aspira a formar parte de la Policía Nacional, ha hecho públicas sus quejas tras ser rechazado de la institución por tener un tatuaje en su cuerpo. Encarnación, en un video que ha circulado en redes sociales, expresó su frustración al ser excluido del proceso de ingreso, a pesar de cumplir con otros requisitos.
Para él, este tipo de normativas son un reflejo del “atraso” en el que, según afirma, se encuentra el país en temas relacionados con la inclusión y modernización de los cuerpos castrenses.
“Llevo meses tratando de pertenecer a la Policía Nacional y por un simple tatuaje no me lo permiten”, dijo Encarnación. “¿En qué país vivimos? Los grandes delincuentes andan en saco y corbata, mientras que un joven de familia humilde, por tener un tatuaje, no puede entrar a la Policía. ¿En qué país vivimos?”, cuestionó, destacando lo que percibe como una injusticia al compararse con sectores de poder que, según él, quedan exentos de estas exigencias.
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